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La crisis sanitaria como pretexto para silenciar a la prensa

¿Estado de excepción encubierto?

Andreina Hernández | C_dPaz  |  06 MAY 2020

El control de las preguntas durante las ruedas de prensa, la suspensión de plazos para solicitar información al Gobierno a través del Portal de Transparencia, la iniciativa gubernamental de utilizar las fuerzas del orden para controlar bulos y comentarios contrarios al Gobierno en internet... La situación extraordinaria que se vive en la actualidad en España, resultado del contagio mundial del coronavirus, ha dado lugar a una restricción de los derechos de los ciudadanos, así como un incremento unilateral de las potestades de La Moncloa para afianzar su autoridad

Esto no se limita a las fronteras españolas. Se trata de un fenómeno recurrente en diferentes países del mundo. Los gobiernos utilizan la crisis sanitaria como justificación de ciertas conductas que, en cualquier otro momento, levantarían más que solo sospechas. Lo consiguen a través de un uso determinado de la Constitución.

En el caso de España, el Gobierno decretó por primera vez el estado de alarma el pasado 14 de marzo para aliviar el sistema sanitario y hacer frente a la crisis del COVID-19. Esta medida se ha prorrogado tres veces y hoy, miércoles 6 de mayo, se ha aprobado una cuarta prórroga con los votos a favor de, entre otros partidos, Ciudadanos y el Partido Nacionalista Vasco (PNV). 

El Partido Popular sostiene que el Gobierno ha excusado su falta de acción en algunos ámbitos, como las prestaciones por ERTE, por la situación del estado de alarma. El líder de los populares, Pablo Casado, defiende que esta medida "Ya no es compatible con la fase de desescalada”.

Varios juristas advierten que estamos en un estado de excepción encubierto

Adicionalmente, varios juristas y medios de comunicación han argumentado que se trata, más bien, de un estado de excepción encubiertodebido al número de medidas extraordinarias empleadas temporalmente que van en contra de los derechos y libertades de los españoles.

Diferencias entre el estado de alarma y el estado de excepción
Tanto el estado de alarma como el de excepción aparecen regulados en la Constitución y en la Ley Orgánica 4/1981 de los Estados de alarma, excepción y sitio. Se trata de medidas extraordinarias que se aplican en situaciones de crisis en las que el Ejecutivo es incapaz de mantener la normalidad haciendo uso de sus poderes ordinarios. En ese sentido, el estado de alarma se declara mediante un decreto que especifique todos sus efectos en casos de desastre natural, paro de servicios públicos o crisis sanitarias. No necesita la previa autorización del Congreso, ya que no supone la suspensión de derechos y libertades. Sin embargo, sí dota al Gobierno de la capacidad de limitar el ejercicio de ciertas libertades, en proporción con la gravedad de la crisis. Por ello, los españoles han sido privados de su derecho de circulación. El Gobierno también pudo racionar los productos de primera necesidad, intervenir empresas y ocupar locales, entre otras medidas.

Esto es permitido porque el estado de alarma tiene un plazo de 15 días. Si se quisiese aplazar, la Administración necesitaría la aprobación del Congreso de los Diputados, que es precisamente lo que está ocurriendo hoy. 

El estado de excepción, en cambio, necesita la previa autorización del Congreso para ser decretado por recomendación del Gobierno. Tiene un límite de 30 días y sólo puede ser prorrogado 30 días más. La ley orgánica sí contempla la suspensión de derechos y libertades, incluyendo la libertad de expresión y el derecho de reunión, durante un estado de excepción. Pero solo durante 30 días y como máximo dos meses.

El estado de alarma no es la única alernativa que tiene el Gobierno

Es por ello que este constante aplazamiento del estado de alarma preocupa porque hace sospechar que es un estado de excepción encubierto. No hay que olvidar que el Gobierno y demás instituciones oficiales están sometidos al principio legal de publicidad: sus actos deben conocerse. Además, el ciudadano tiene derecho a la transparencia activa y pasiva; es decir, los organismos deben dar a conocer la información sobre sus actividades, presupuestos y políticas, y los españoles pueden solicitar a los funcionarios públicos cualquier tipo de información y recibir una respuesta satisfactoria, respectivamente. Por ello, varias organizaciones como Access Info y Reporteros Sin Fronteras han denunciado la situación y están preparando una carta abierta para exigir mayor apertura, transparencia y libertad. 

Es una situación extraordinaria, especialmente difícil para un país con tres años de inestabilidad política y un Ejecutivo recién formado, constituido por dos partidos. Sin embargo, el estado de alarma no es la única alernativa que tiene el Gobierno para responder a los diferentes retos que ha provocado el coronavirus. La Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública y la Ley General de Salud Pública son otras herramientas que tiene a su disposición y que, además, no restringen los derechos de los ciudadanos, ni amenaza del libre ejercicio del periodismo. 

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