X

Uso de cookies

La página web de Corresponsales de Paz utiliza cookies para mejorar su experiencia de usuario, así como para optimizar nuestros servicios. Si continua navegando sin cambiar su configuración, consideraremos que acepta recibir cookies en esta página web. Sin embargo, si así lo desea, puede cambiar la configuración de cookies en cualquier momento así como obtener más información aquí.

El dilema de la Doctrina Botín en el 'Caso Nóos'

Imagen publicada en 20minutos.es
Imagen publicada en 20minutos.es
Margarita Bonet Esteva  |  Profesora titular de Derecho penal de la UAB

En España existe una tercera parte procesal acusadora llamada “acusación popular”. La Fiscalía tiene como misión la salvaguarda de la legalidad y el interés ciudadano, la acusación particular representa los intereses de los perjudicados directos, y la acusación popular puede ser ejercida por cualquier ciudadano.

La acusación popular es una rara avis en los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno y, a su vez, es una de las peculiaridades de la Ley de Enjuiciamiento criminal española nacida de la Codificación Napoleónica (1882). La acusación popular se fundamenta en el art. 101 LECr que entiende que la acción penal es pública y, por lo tanto, cualquier ciudadano ofendido o no puede ejercerla. Cabe acusación popular siempre que los delitos a enjuiciar no sean privados, es decir, se persigan por querella privada (art, 275 LECr). Se consideran privados los delitos de reproducción asistida no consentida, daños imprudentes,  injurias y calumnias, agresión, abuso y acoso sexuales, descubrimiento y revelación de secretos, delitos societarios y abandono de familia. La finalidad originaria de esta institución era prever un contrapeso para el caso de que la Fiscalía desatendiere su deber como garante de la legalidad y los intereses del Estado. Es fácil deducir que se pensase ya entonces en la posibilidad de que ésta no persiguiera delitos relacionados con la corrupción.

En la parte del caso Nóos que se refiere a la supuesta defraudación a Hacienda de Cristina de Borbón, en este momento del proceso la Fiscalía sigue declinando acusarla, la Agencia tributaria tampoco lo hace y sólo se mantiene la acusación popular personificada por el sindicato Manos Limpias. Así nos encontramos ante la paradójica situación de que frente a lo que el juez instructor Castro consideró como indicios de delito de defraudación fiscal, la Agencia Tributaria afirma que no fue así y, por lo tanto, no se siente perjudicada y la Fiscalía atendiendo a este razonamiento tampoco ve la necesidad de enjuiciar. Es más, quedando sólo como parte acusadora popular Manos Limpias muchos juristas sostienen que no cabe seguir acusando a Cristina de Borbón por ser aplicable la denominada Doctrina Botín.

Continúa leyendo el artículo "El dilema de la Doctrina Botín en el Caso Nóos" en el caso Nóos en el sitio original. 

Para comentar y votar, es necesario iniciar sesión
Opinión
Javier de la Rosa

Javier de la Rosa, profesor de la UFV y director de Mirada 21, analiza la presencia de terroristas en las listas de EH Bildu para las elecciones del próximo 28 de mayo. Leer más

José María Rotellar | 18/10/2022
José María Rotellar

José Maria Rotellar, economista y profesor de la Universidad Francisco de Vitoria, analiza las nuevas medidas en el IRPF que ha aprobado el Gobierno. Leer más

Galería Multimedia
Sarai Pérez LA SEXTA María Rodríguez Vico TELEMADRID Irene Sánchez NBC TELEMUNDO (MIAMI) Roberto Fernández Balaguer TELECINCO Angie Rigueiro ANTENA 3 Óscar Rincón LA SEXTA Helena Crespí TELEVISIÓN ESPAÑOLA (TVE) Pablo Pinto DEPORTES CUATRO Belén Chiloeches PERIODISTA INTERNACIONAL FREELANCE Álvaro de la Lama REAL MADRID TELEVISIÓN Federico Cardelús TELEVISIÓN ESPAÑOLA (TVE) Óscar Mijallo TELEVISIÓN ESPAÑOLA (TVE) Laura Gómez TELEMADRID | Rai Robledo Ricardo Altable TELEMADRID Arantxa Gómez EL HORMIGUERO Miguel Ángel Fonta CORRESPONSAL DE TVE EN LONDRES Javier Trinidad LA SEXTA Guillermo Fernández de Oliveira ZAPRUDER PICTURES Pedro González Kühn SINTAGMA FILMS Belén Palancar DEUTSCHE WELLE Y TELECINCO Verónica Zumalacárregui TELEVISIÓN ESPAÑOLA (TVE) Jesús Labandeira Mediaset España Guillermo Patrikios CINEASTA Álvaro Vilches PRENSA DE LA VUELTA Paula de las Heras 7NN TELEVISIÓN
Calendario
  • Evento propio
  • Evento ajeno
Síguenos
Suscríbete a nuestro Newsletter