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NACIONAL | España

Claves de la reforma del Código Penal

Pleno en el Congreso para reformar el Código Penal
Pleno en el Congreso para reformar el Código Penal
C_dPaz  |  16 DIC 2022

El Gobierno ha sacado adelante en el Congreso la reforma que suprime el delito de sedición, sustituyéndolo por otro de Desórdenes públicos agravados, rebaja las penas por malversación hasta un máximo de cuatro años y también reduce  las mayorías necesarias para que el Poder Judicial nombre a sus magistrados al Tribunal Constitucional (TC).

La reforma impulsada por PSOE y Podemos ha salido adelante con 184 votos a favor en un pleno en el que PP y Cs optaron por no votar. El Partido Popular presentó al TC una suspensión cuatelarísima para suspender la votación alegando que el procedimiento de aprobación de una de las reformas no cumplía con los principios establecidos en la Constitución. Según el principal partido en la oposición, la reforma del Poder Judicial no guarda ninguna relación jurídica con la supresión del delito de sedición, por lo que no podría incluirse dentro de la misma iniciativa legislativa.

Los vocales progresistas se negaron a deliberar sobre el recurso de amparo solicitado por los populares debido al “volumen de documentación aportada, la complejidad de la cuestión que plantea el recurso y la relevancia de la decisión”. Esto imposibilitó la constitución del quorum necesario para celebrar el pleno, que fue aplazado por el presidente García-Trevijano hasta el lunes 19 de diciembre.
La oposición no consiguió paralizar la votación de la ley, que previsiblemente será ratificada por el Senado el jueves 22 de diciembre, y que queda pendiente de la resolución definitiva que delibere el Alto Tribunal la próxima semana.

Poder Judicial
La renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lleva paralizada cuatro años. En la reforma del Código Penal, el Gobierno cambia la mayoría necesaria de 3/5 del CGPJ para nombrar a los candidatos del TC por una mayoría simple. Además, el Ejecutivo suprime el requisito de que el Tribunal Constitucional dé el visto bueno a sus nuevos integrantes. Así, el Gobierno y el CGPJ velarán por la idoneidad de los candidatos propuestos.

Delito de sedición
El Gobierno ha aprobado la derogación del delito de sedición, el cual se sustituye por un nuevo delito de desórdenes públicos agravados. Mientras que las penas por el delito de sedición iban desde los 8 a los 10 años de cárcel (10-15 años para cargos públicos), las de desorden público van de 6 meses a 3 años (3-5 para cargos públicos).

Delito de malversación
El delito de malversación con ánimo de lucro se mantiene con las penas actuales, es decir, de dos años a 12 de cárcel y de seis a 20 años de inhabilitación. En cambio, si el delito es sin ánimo de lucro para "usos privados", la pena se reduce desde los 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años. Cuando lo malversado va a un fin distinto al previsto, la condena es de uno a cuatro años de cárcel.

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