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Proclamación del rey Felipe VI, claves de redacción
Fundéu | 19 JUN 2014
Con motivo de la proclamación del príncipe de Asturias como rey Felipe VI, se ofrece una serie de claves sobre expresiones y términos relacionados con este acontecimiento.
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La palabra proclamación es la más adecuada para referirse a los ‘actos públicos y ceremonias con que se declara e inaugura un nuevo reinado’. Como recurso estilístico para evitar repeticiones, este sustantivo puede alternar con entronización y coronación, siempre que no se preste a confusiones y teniendo en cuenta que estas dos palabras no reflejan con igual fidelidad el actual ceremonial de la monarquía española: el rey asume el trono o, con valor institucional, la Corona, pero no es sentado en trono alguno ni se realiza el acto en sí de poner una corona sobre el rey.
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Los títulos rey, reina, príncipe, princesa… se escriben en minúscula, conforme a las normas de la Ortografía sobre títulos y cargos, vayan acompañados del nombre propio o no: el rey y el rey Felipe VI.
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Los tratamientos don, doña, señor, señora… se escriben asimismo en minúscula, de acuerdo con las normas de la Ortografía sobre títulos y cargos. Solo se admite la mayúscula en las formas honoríficas correspondientes a las más altas dignidades en el tratamiento protocolario (su majestad, su excelencia) cuando no van acompañadas del nombre propio: su majestad o Su Majestad, pero su majestad Felipe VI, siempre en minúscula.
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Los números romanos que forman parte de los nombres de papas y reyes se leen como ordinales hasta el diez y como cardinales a partir de ese número, de modo que el futuro rey de España será Felipe VI (leído sexto).
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No es apropiado utilizar el plural monarcas para referirse a la pareja formada por el monarca y su consorte, de modo que, en lugar de los monarcas españoles, lo adecuado es hablar de los reyes españoles, tal como indica el Diccionario panhispánico de dudas.
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El sustantivo trono se escribe con minúscula, pues se trata de un nombre común, pero Corona, cuando se emplea con valor institucional, comienza con mayúscula.
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Por esta misma razón, porque adquiere carácter institucional, en jefe del Estado la palabra Estado se escribe con mayúscula. También se escriben con mayúscula los nombres de entidades, organismos o instituciones: las Cortes, el Congreso, etc.
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Don Juan Carlos y doña Sofía conservan el título de rey y reina, aunque no la jefatura del Estado. En este sentido, en ex jefe de Estado el prefijo se escribe separado conforme a la Ortografía, ya que afecta a varias palabras que tienen un significado unitario. En cambio, si se decidiera emplear la palabra exrey, que está gramaticalmente bien formada con independencia de que su uso sea o no adecuado desde el punto de vista institucional, el prefijo se escribiría pegado a la palabra: el exrey de España.
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El verbo abdicar, que significa ‘ceder un monarca la soberanía sobre su reino’, como transitivo se construye sin preposición (abdicar el trono o abdicar la Corona), y cuando funciona como intransitivo le sigue un complemento introducido por de, no por a, (abdicar del trono, no abdicar al trono), tal como indica el Diccionario panhispánico de dudas. Cuando se menciona al nuevo monarca, el verbo va seguido de en o en favor de.
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Los sustantivos que designan tanto formas de Estado o de gobierno como acontecimientos y periodos históricos se escriben con minúscula: monarquía, dictadura, democracia, franquismo o transición; sin embargo, se pueden escribir con mayúscula para indicar su uso antonomástico referido a un periodo histórico determinado o a la forma de gobierno que lo caracteriza: la Transición, la Dictadura.
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La expresión ley orgánica se escribe en minúscula («Las Cortes deberán aprobar una ley orgánica para regular la sucesión»), salvo que forme parte del título oficial de un documento legal, en cuyo caso se emplean las mayúsculas, tal como indica la Ortografía de la lengua española.
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Tras la abdicación, se lleva a cabo el juramento o jura del príncipe, ya no como sucesor, sino como monarca. A pesar de que estos dos términos hacen mención a la ‘acción de jurar’ y ambos se pueden considerar válidos, es recomendable el uso de jura, pues hace referencia específica a la ‘acción de jurar solemnemente la sumisión a ciertos preceptos u obligaciones’, mientras que juramento remite a la ‘afirmación o negación de algo, poniendo por testigo a Dios, o en sí mismo o en sus criaturas’, según las definiciones académicas.
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Se considera correcto, aunque no preceptivo, escribir las siglas formadas por combinaciones de letras y cifras con guion intermedio (23-F); sin embargo, es apropiado y cada vez más frecuente escribirlas unidas sin guion (23F).
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Cuando se habla de una constitución en concreto se emplea la mayúscula, tanto en su denominación completa (la Constitución de 1978) como en la abreviada (la Constitución); únicamente se usa la minúscula cuando se emplea como genérico: las primeras constituciones. También se escriben con minúscula los especificadores: la Constitución española.
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La Moncloa y la Zarzuela, sedes de la Presidencia del Gobierno español y de la residencia de los reyes de España, se escriben con artículo.
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El apellido con que se designa a una familia o dinastía se escribe con mayúscula inicial, por lo que, en lugar de «Ha sido la de los borbones una dinastía muy vinculada a la música», lo apropiado habría sido «Ha sido la de los Borbones una dinastía muy vinculada a la música».