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Todos tenemos claro que si las televisiones publican material gráfico ajeno deben pedir permiso al autor. Pero ¿Y si el tweet solo es un texto? Los especialistas discrepan a la hora de considerar una obra original y sujeta a derechos los tuis de 140 caracteres pero la plataforma y sus condiciones lo dejan claro. Te contamos cuáles son tus derechos. (...)
¿Puede un medio digital utilizar una foto mía publicada en redes sin consentimiento?
Con el material gráfico la respuesta corta es no, pero hay matices.
Cuando publicas una foto o vídeo en Twitter, Facebook o Instagram de manera pública estás aceptando sus términos y condiciones de servicio y en ellos lo dejan explícitamente claro:
"Al enviar, publicar o mostrar Contenido a través de los Servicios, nos otorga una licencia mundial, no exclusiva, libre del pago de derechos (con derecho a sublicencia) para usar, copiar, reproducir, procesar, adaptar, modificar, publicar, transmitir, mostrar y distribuir dicho contenido en todos y cada uno de los medios de comunicación o métodos de distribución posibles (conocidos ahora o desarrollados con posterioridad)."
Es decir, los medios digitales pueden usar todo el material que publiques en tus redes de manera pública siempre y cuando utilicen los mecanismos aportados por la red social para hacerlo. Es decir, en el caso de Twitter, podrán publicar tu tweet sin necesidad de avisarte en cualquier periódico o medio digital, siempre que embeban el código que proporciona la red para insertarlo. Los derechos de la fotografía pertenecerán siempre al autor de la misma pero cedes la difusión a la red social que te ha permitido hacerlo viral. Esto no incluye a las televisiones.
Los medios de Internet pueden usar todo el material que publiques en tus redes de manera pública siempre y cuando utilicen los mecanismos aportados por la red social para hacerlo
Según la Ley española si se produce una 'comunicación pública' del medio con tus contenidos éste debería negociar siempre los derechos con el autor. Pero La Ley europea, a través de la sentencia del caso Svensson, establece que 'embeber un código' no es comunicación pública porque la obra ya está a disposición del público y, por tanto, con el acto de incrustar el vídeo o foto no se expone a un público nuevo.
Para que todo esto sea así, la fotografía o el vídeo deben estar publicados en Twitter o en otra red social y no enlazados desde ningún servicio externo que no se pueda controlar desde la plataforma y dónde ya se gestionan otros derechos. Así en 2010 la agencia France Presse fue condenada por reutilizar las fotografías de Daniel Morel cuando este las publicó en Twitter a través de la plataforma Twitpic, cuando esta no estaba aún integrada en las previsualizaciones de Twitter.
Tampoco vale que un medio digital pida permiso para luego descargarse el vídeo y publicarlo en su editor con sus máscaras de publicidad.
Esto se hace así para que sea siempre el propietario de los derechos el que tenga la última palabra sobre su contenido y la publicación; haciendo que desaparezca de todos los medios que lo han enlazado si decide borrar la publicación original.
Por lo tanto, ningún medio de Internet podrá insertar en un artículo sin negociar permiso una foto que has publicado en un tweet sin no publica también el tweet original para que este desaparezca cuando decidas borrar la publicación que referencia. Por la misma razón no pueden publicar un tweet tuyo en la cabecera de los artículos sin pedir permiso ya que allí no se puede embeber el código original de la publicación.
Continúa leyendo "¿Puede un telediario publicar un tuit mío sin mi consentimiento?" en el sitio original.
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